Aplicación del criterio de oportunidad en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Valverde, período 2018-2019
Zusammenfassung
La presente investigación buscó determinar los criterios que determinan la aplicación del Criterio de Oportunidad en el Distrito Judicial de Valverde. El principio de oportunidad, tiene como fin sustituir el mecanismo de la prisión por otros métodos alternativos menos violentos. Es decir, que no necesariamente todos los casos tienen que ser sometidos a un proceso penal, sino que existen alternativas que pueden ser aplicados a los mismos. La correcta aplicación o no del criterio de oportunidad traería consecuencias importantes para los actores procesales, primero porque se perdería tiempo innecesario, que se podría invertir en casos más graves, lo propio se puede decir de los recursos económicos, resulta que se podrían emplear en investigaciones de casos muy graves que ameritan traslados y por consiguiente un elevado costo para poder ser investigados y descubierto. Este tema fue seleccionado porque el conocimiento de juicio, además de representar un problema para la justicia, también es un problema que afecta al Estado y la sociedad en su conjunto porque mantener en prisión y procesos activos a personas que no representan peligro para los demás y que cumplen con las exigencias del código procesal penal dominicano para la aplicación del principio de oportunidad, es una carga económica para el sistema de justicia, ya que se incurre en gastos innecesarios y un daño a la persona procesada. Esta investigación tiene un diseño no experimental, bajo un enfoque cuantitativo. Dicha investigación es de tipo descriptiva, documental y de campo. En este estudio, el método empleado es el inductivo. En la misma fue aplicada una encuesta a través de un cuestionario para de esta manera recolectar los datos de la población que abarcó este estudio, donde de 150 abogados penalistas registrados en la seccional del Colegio de Abogados de la Provincia Valverde, se obtuvo una muestra de 59 abogados, entre ellos abogados en ejercicios privados, fiscales, y defensores públicos. Por lo que, en las conclusiones aportadas conforme a los resultados obtenidos, se determinó que el Ministerio Público del Distrito Judicial de Valverde, a la hora de tomar en cuenta la aplicación de un criterio de oportunidad, lo hace tomando en cuenta las exigencias establecidas en el artículo 34 del Código Procesal Penal, toda vez que esta figura solo puede ser aplicada en los casos en lo que la pena imponible no exceda los tres años de prisión.