Efectos de la extinción de la acción penal por muerte, en los bienes incautados por violación a la ley de lavado de activos, en el Distrito Judicial de la Vega, República Dominicana, período 2021-2022.

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Fecha
2023-07Autor
Núñez Fernández, Junior
Reyes Alvarado, Nicole Elodys
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El propósito de esta investigación es examinar qué sucede con los bienes incautados cuando el imputado fallece y cómo se aplica la legislación vigente en tales casos. La metodología de la investigación sigue un enfoque cuantitativo, utilizando un diseño no experimental, de campo y documental, con apoyo bibliográfico y técnicas como encuestas, entrevistas y cuestionarios. La muestra incluyó 67 abogados. Los resultados del estudio revelan que el 54% de los abogados entrevistados afirmaron que los bienes incautados pasan a posesión del Estado tras la muerte del imputado. Un 24% consideró que los bienes quedan en un estado de incertidumbre legal, el 15% indicó que estos se devuelven a los herederos, y el 7% restante mencionó que los bienes se extinguen debido a la muerte del imputado. Se concluye que los bienes incautados al imputado fallecido pueden ser devueltos a sus herederos, ya que estos no son responsables de las acciones del imputado y tienen derecho a heredar sus propiedades. Sin embargo, es posible que se realice un proceso de revisión para asegurar que los bienes no estén relacionados con actividades ilícitas, como lavado de activos o crimen organizado. La investigación recomienda que el Estado dé seguimiento a los bienes incautados para evitar su deterioro durante el proceso legal, lo cual podría implicar indemnización a los propietarios si el proceso concluye a su favor.