Debilidades y riesgos en la aplicación de las salidas alternas al conflicto en el Distrito Judicial de Valverde en el período 2014-2015
Fecha
2016-12Autor
Evangelista Vásquez, Joel Danilo
Espinal Uceta, Nurys Arelis
Rodríguez, Carmen Estefanía
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La República Dominicana adoptó en el año 2002 un nuevo Código Procesal Penal que trae consigo figuras jurídicas nuevas para el sistema de justicia del país y que no estaban presente en el antiguo código de procedimiento criminal. El Código Procesal Penal le permite al Ministerio Público la facultad de despenalizar los conflictos a través de un grupo de figuras como lo son el criterio de oportunidad, la suspensión condicional del procedimiento, la conciliación y el penal abreviado; ahora bien, se debe tomar en cuenta en cuales casos puede realizar esta facultad del fiscal, debido a que el mismo debe tomar en cuenta las condiciones legales aplicables tanto para prescindir de forma total de la acción pública o de la suspensión condicional de proceso o para mandar un proceso a la unidad de conciliación.