Actividades de Autoevaluación

Rellenar huecos

 

Complete las palabras que faltan, de la lista indicada a continuación:

(Representación-Estado-cónyuge-hijos-primer-hábil-padres-próximos-descendientes-segundo-descendiente- ascendientes-hábil-superviviente- colaterales--grado-origen-hermanas-generaciones-descendientes-madre-hermanos-padre-duodécimo-)

Si su respuesta es correcta, una vez le dé clic a "Enviar" el recuadro se podrá verde; en cambio, si la respuesta es incorrecta dicho recuadro se pondrá rojo.

No hay que preocuparse si el cuadro se pone rojo, esto no afectará su calificación. Puede reintentar varias veces esta actividad hasta que complete de manera correcta todos los enunciados.

 

1- La ley no atiende ni al ni a la naturaleza de los bienes para arreglar el derecho de heredarlos.

2- Suceden los y del difunto, sus y los en el orden y según las reglas que a continuación se determinan.

3- La proximidad de parentesco se gradúa por el número de ; y cada generación se llama .

4- En la línea recta se cuentan tantos grados como generaciones hay entre las personas: así el hijo, con respecto a su padre, está en el grado, el nieto en el , y así recíprocamente lo están el padre y el abuelo, respecto de sus hijos y nietos.

5- La representación en la línea recta , se prolonga hasta el infinito.

6- En todos los casos en que la se admita, la partición se verifica por estirpes.

7- Si han sobrevivido los de la persona muerta sin posteridad, sus hermanos o hermanas o sus representantes no percibirán más que la mitad de la herencia.

8- A falta de hermanos o hermanas o de los mismos, y a falta de en una u otra línea, la sucesión pertenece en una mitad a los ascendientes supervivientes, y en la otra mitad a los parientes más de la otra línea.

9-Si el difunto no deja parientes en grado de suceder, los bienes constitutivos de su sucesión pertenecen al que sobreviva.

10-A falta del cónyuge superviviente, recaerá la sucesión en el .

11-A falta de o o de los mismos, y a falta de en una u otra línea, la sucesión pertenece en una mitad a los ascendientes supervivientes, y en la otra mitad a los parientes más próximos de la otra línea. 

12-En el caso previsto en el artículo anterior, el o la que sobreviva tiene el usufructo de la tercera parte de los bienes que no herede en propiedad. 

13-Los parientes que se encuentren fuera de los límites del grado, no tienen derecho a la sucesión.

14-A falta de parientes de grado , para suceder en una línea, suceden en él todos los parientes de la otra.

15-Si el difunto no deja parientes en grado hábil de suceder los bienes constitutivos de su sucesión pertenecen al que sobreviva. 

16-A falta del cónyuge , recaerá la sucesión en el Estado. 

 

 

 

Habilitar JavaScript

Obra publicada con Licencia Creative Commons Reconocimiento No comercial Compartir igual 4.0